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cortesía: Oficina de Comunicación e Imagen Institucional-ministerio de cultura.

Promulgan el reglamento de la Ley de Lenguas Indígenas u Originarias

Norma y su reglamento constituyen pasos fundamentales para que el Estado atienda a todos los ciudadanos en su lengua materna.

Publicado: 2016-07-23

Mediante el Decreto Supremo N° 004-2016-MC se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29735, el cual regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de todas las lenguas originarias del Perú. Dicho reglamento tiene por objetivo garantizar los derechos lingüísticos de los ciudadanos indígenas, establecidos en la normativa nacional y los acuerdos internacionales suscritos por el Perú, tales como el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT).  

A través de este reglamento, el Estado peruano instituye disposiciones concretas para la promoción del uso de las lenguas en el ámbito público y privado y el ejercicio de los derechos lingüísticos de sus hablantes. Establece también la oficialidad de las lenguas originarias en los lugares donde predominen, lo que demanda que el Estado –a través de sus diferentes dependencias– implemente servicios públicos que atiendan a los ciudadanos en su propia lengua. “Así, el Estado garantizará el acceso a la salud, la justicia y educación, en la lengua de más de 4 millones de peruanos y peruanas indígenas”, señaló el sector Cultura.

Es importante destacar que la propuesta de este reglamento fue sometida a un proceso de consulta previa por parte del Ministerio de Cultura, en el que participaron las siete organizaciones indígenas de carácter nacional: UNCA, ONAMIAP, FENMUCARINAP, CNA, CONAP, CCP y AIDESEP. En tal sentido, como parte de los acuerdos entre el Ministerio de Cultura y las organizaciones indígenas se han incorporado al reglamento la disposición progresiva de personal que brinde servicios públicos en lenguas indígenas en las zonas de predominio; la consolidación de los programas de formación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas u originarias; la implementación de señalética en lenguas indígenas las entidades que prestan servicios públicos; y la participación de las organizaciones indígenas en la elaboración de las políticas lingüísticas nacionales y regionales.

El Perú es uno de los países más diversos lingüísticamente en América Latina, con 47 lenguas indígenas habladas en todas las regiones del país, entre las cuales destaca Loreto, con 27 lenguas distintas. Según el censo nacional de 2007, un total de 4,045,713 peruanos y peruanas habla al menos una lengua originaria. Estas personas se ubican no solo en comunidades nativas y campesinas, sino también en las capitales regionales.

Sin embargo, históricamente el Estado peruano ha atendido a sus ciudadanos en una única lengua, el castellano. Por una parte, esto impulsó la pérdida de hablantes de lenguas indígenas y la extinción de, al menos, 20 lenguas originarias en todo el país. Por otra parte, abrió una brecha lingüística que impedía la llegada legítima del Estado a toda la ciudadanía. En ese sentido, la aprobación de este reglamento constituye un importante logro en la construcción de un Estado multilingüe, que llegue a la población en su lengua, ofreciendo servicios públicos con pertinencia cultural y lingüística.

De acuerdo a lo expresado por la Viceministra de Interculturalidad, Patricia Balbuena, el Ministerio de Cultura reafirma su compromiso con la implementación de políticas hacia un Estado multilingüe, en donde ningún ciudadano sea excluido por hablar una lengua originaria. 

Cabe señalar que dentro de las próximas semanas se creará una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que deberá, en un plazo de 180 días, diseñar y formular la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad en un proceso que contará con la participación de los pueblos indígenas.


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