Promulgan el reglamento de la Ley de Promoción de los Puntos de Cultura
Norma y su reglamento permitirá implementar mecanismos de promoción a los más de 300 Puntos de Cultura reconocidos en el país que vienen trabajando por el desarrollo comunitario desde el arte y la cultura.
Mediante el Decreto Supremo N° 011-2018-MC se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30487, Ley de Promoción de los Puntos de Cultura, la cual busca la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores, y el desarrollo de las industrias culturales a nivel nacional.
A través del artículo 7 de la citada Ley, publicada en el Diario El Peruano, “[…] se dispone que el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones exclusivas la de fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fines, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fines del sector”.
Cabe señalar que los Puntos de Cultura son organizaciones sin fines de lucro, con o sin personería jurídica, según las características establecidas en el artículo 3 de la Ley 30487.
Escrito por
Medio especializado en el sector Cultura.
Publicado en
Cultura para todos.