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cortesía: OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL-ministerio de cultura.

Sancionarán hasta con 1000 UITs a quienes vulneren los derechos de indígenas en aislamiento o contacto inicial

Reglamento del Decreto Legislativo N° 1374 fue publicado en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas.

Publicado: 2019-08-10

El Ministerio de Cultura sancionará a quienes vulneren los derechos de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI). 

Esto en virtud de la publicación del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1374 que establece el Régimen Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial; publicado por el Gobierno el pasado viernes 9 de agosto, Día Internacional de los Pueblos Indígenas.

Dicho reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 010-2019-MC, permitirá al Ministerio de Cultura supervisar, fiscalizar y sancionar a quienes vulneren los derechos de los PIACI y no cumplan con la normativa establecida por el Estado para la prevención de acciones que pongan en riesgo la supervivencia física e integridad de estos pueblos.

En ese sentido, se podrá aplicar amonestaciones; disponer el decomiso definitivo de bienes; así como la inhabilitación de ingresos a las reservas. También se cuenta con una tabla de infracciones y sanciones contempla multas de hasta mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

En ese contexto, la norma establece mecanismos concretos para verificar cualquier vulneración a los derechos de los PIACI, como la supervisión en campo. De igual modo, dispone la creación del Registro Nacional de Sanciones e Infracciones en las cinco reservas que abarcan cerca de tres millones de hectáreas.

Este reglamento es el resultado del proceso de participación implementado desde el Ministerio de Cultura en coordinación con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana-AIDESEP y sus organizaciones regionales: la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente-ORPIO, el Consejo Machiguenga del Río Urubamba-COMARU, la Organización Regional-AIDESEP Ucayali-ORAU; y, la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes-FENAMAD.

El proceso de participación indígena desarrollado por el Ministerio de Cultura para la elaboración del proyecto de reglamento del Decreto Legislativo N° 1374, se llevó a cabo a través de seis talleres desarrollados en Iquitos (Loreto), Pucallpa (Ucayali), Madre de Dios, Cusco, y Lima; así como en las comunidades nativas de Cashiriari y Camisea con diversas organizaciones indígenas.

Cabe señalar que posteriormente, el Ministerio de Cultura desarrollará la normativa adicional complementaria, que permita la implementación efectiva del régimen sancionador.


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