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CORTESÍA: MINISTERIO DE CULTURA.

Crean la Central de Interpretación y Traducción en Lenguas Indígenas u Originarias

Iniciativa buscará fortalecer los mecanismos para garantizar el acceso a los servicios públicos en lenguas indígenas.

Publicado: 2020-05-21

En el marco del Decreto Legislativo N° 1489 que establece acciones para la protección de los pueblos indígenas u originarios en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el COVID-19, el Ministerio de Cultura aprobó la creación de la Central de Interpretación y Traducción en Lenguas Indígenas u Originarias (CIT) con el objetivo de garantizar el acceso de los ciudadanos hablantes en lenguas indígenas u originarias al servicio de interpretación remota y presencial en lenguas indígenas.  

En el marco de la Semana de la Diversidad Cultural y Lingüística 2020, el Sector Cultura precisa que la CIT permitirá atender situaciones de emergencia cuando un ciudadano o una ciudadana requiera de un intérprete frente a un servidor público que no habla su misma lengua. Este servicio podrá realizarse de manera remota a través de una línea telefónica, o de manera presencial según corresponda.

Por otra parte, el Ministerio de Cultura ha asumido la responsabilidad de implementar el Registro Nacional del Servidores Públicos Bilingües, que comprenderá a los funcionarios y servidores públicos con conocimiento de una lengua indígena y que hayan demostrado competencias en comunicación en lenguas indígenas u originarias.

Estos instrumentos de gestión, precisó la viceministra de Interculturalidad, Ángela Acevedo, permitirán expandir los canales de atención en lenguas originarias y contribuirán a “[...] garantizar el derecho de todos ciudadanos y todas las ciudadanas a utilizar su lengua materna ante cualquier autoridad o entidad pública”.

Como parte del DL N° 1489, el Ministerio de Cultura asumirá la responsabilidad de elaborar, difundir y actualizar periódicamente el Mapa Etnolingüístico del Perú, e implementar el Registro Nacional de Lenguas Indígenas u Originarias.

Cabe señalar que el Decreto Legislativo también establece que las entidades deben registrar la auto identificación étnica y la lengua materna de los usuarios de los servicios en sus registros administrativos físicos y virtuales.


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